V
DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA POR PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL, incoada por el ciudadano Freddy Ramón Ochoa Mercado, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.821.642, contra la ciudadana Claritza Jeanette Torres, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.658.401.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
Déjese copia certificada de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese. Notifíquese a las partes.
Dada, firma.....