INADMISIBLE el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO, intentado por el ciudadano JESUS ANTONIO HERNANDEZ BRITO, titular de la cedula de identidad Nº V-17.792.897, debidamente asistido por el profesional del derecho ciudadano CARLOS JAVIER RODRIGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 155.635, en contra de la Providencia Administrativa signada con Nº 719-12, de fecha 17 de septiembre del 2012, en el expediente N° 043-12-01-01296 Causas Acumuladas 043-12-01-01297, 043-12-01-01758, dictada por la dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Atanasio Girardot, Mario Briceño Iragorry, Santiago Mariño, Francisco Linares Alcántara, Costa de Oro y Libertador del Estado Aragua; por haber operado la caducidad de la acción, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Así se decide.