Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara PRIMERO: LA PERDIDA DE INTERÉS PROCESAL DE LA PARTE DEMANDANTE Y EN CONSECUENCIA EL DECAIMIENTO DE LA PRESENTE ACCIÓN.
SEGUNDO: EXTINGUIDA LA ACCIÓN incoada por el ciudadano JOSÉ RODOLFO VEGA RINCÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.705.126 contra la ciudadana MATILDE DEL ROSARIO PAIVA MOTA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.227.372.
TERCERO: Se ordena la notificación de la presente decisión mediante listado, que será colocado en la cartelera de este tribunal y trascurrido el lapso de 10 días de la notificación, se ordenara remitir el expediente junto con oficio a la oficina del archivo Judicial.
Publíquese, regíst.....