El ciudadano notificado le manifiesta al Tribunal que: "La cuenta corriente Nº 0108-0082-06-0100140605 pertenece al ciudadano CESAR AUGUSTO FUNEZ DI LORENZO, y presenta un saldo deudor Bs.-297,27 y la cuenta corriente N° 0108-0054-47-0100200095 pertenece al ciudadano TEOBALDO FUNEZ DI LORENZO y presenta un saldo deudor de Bs. -1300,01; La Cta. Corriente N° 0108-0054-40-0100201415, de la Co-demandada Empresa Distribuidora Queteca C.A., presenta un saldo deudor de Bs.- 84,85, para lo cual procede a imprimir los respectivos soportes. Es todo. De inmediato la apoderada judicial de la parte actora antes identificada expone: Vista la exposición efectuada por el notificado, así como el monto deudor en bolívares señalado, solicito a este digno Tribunal regrese a su sede de origen. Es todo. Seguidamente el Tribunal vista la exposición de la apoderada judicial de la parte demandante, ordena su regreso a su sede de origen.