Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la decisión dictada en fecha 14 de marzo de 2016, por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, y en consecuencia SE CONFIRMA la anterior decisión. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadano VIRGILIO JOSÉ MARTÍNEZ, JOSÉ LUIS GALINDEZ OROPEZA, FELIPE SANTIAGO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ y OMAR ANTONIO LÓPEZ, ya identificados, en contra de la sociedad mercantil RAM ´S OFICIALES DE SEGURIDAD, C.A., ya identificada, y en consecuencia SE CONDENA a la accionada a cancelar a los demandantes la.....