VI
DISPOSITIVO
Como consecuencia de lo expuesto y con fundamento en las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por PRESCRIPCION ADQUISITIVA incoada por el ciudadano: NELSON ALBERTO CARDENAS VEGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 7.178.708 asistido por la abogada en ejercicio ciudadana MILAGROS PEÑA, inscrita en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 78667, en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES HORHECNELL C.A, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 27 de mayo de 1.977, anotado bajo el N° 22, tomo 63-A, domiciliada en Caracas, Distrito Capital, representada actual.....