éste Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, intentado por los ciudadanos AMANCIO JOSÉ MARQUEZ RIVAS Y OTROS,, contra la entidad de trabajo BOHAI DRILLING SERVICE VENEZUELA, S.A., ambas partes plenamente identificados en autos. Conforme a lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y en atención a la sentencia de fecha 22 de septiembre de 2009, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, decisión, Nº 1184.