Con fuerza a todo lo antes expuesto esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARAR PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto, por la abogada ZORAIDA CASTILLO DE CÁRDENAS, defensora privada de los ciudadanos LISMAIRY POLANCO HERNÁNDEZ, LUIS ALFONSO SÁNCHEZ, JUAN PABLO MEDINA, HERNÁN COLMENARES Y ALEJANDRO CALOÍR BARCAZAL, ejercer de conformidad con lo establecido en el artículo 447 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada en fecha 08 de julio del presente año, por el Tribunal Octavo (8º) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se les acuerda a los ciudadanos LISMAIRY POLANCO HERNÁNDEZ, LUIS ALFONSO SÁNCHEZ, JUAN PABLO MEDINA y HEMÁN COLMENARES, libertad sin r.....