Se dictó y publicó decisón mediante la cual este Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO y consumado el DESISTIMIENTO efectuado por el abogado MARCO PEREIRA, titular de la cédula de identidad No. 10.834.793, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 106.712, actuando en su propio nombre y representación, dándole el carácter de cosa juzgada, se da por terminado la presente acción de amparo constitucional interpuesta, contra UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR, en fecha 14 de julio de 2010.