Por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos anteriormente este Tribunal Administrado Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
- CON LUGAR la falta de cualidad formulada por la parte demandada
- SIN LUGAR la demanda intentada por AINOHA CAROLINA UGALDE D´ORAZIO y FRANCISCO JAVIERI UGALDE D´ORAZIO contra BEGOÑA ONAINDIA VILLEGAS
Se condena en costas a la parte actora.
Publíquese regístrese y notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en Maracay, a los Veinticuatro (24) días del mes de septiembre de 2009.- Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
La Juez.,
Abog. Mary Fernández Paredes.
La Secretaria,
Abog. Kristel Vásquez Fossi
En esta misma fecha, 24-09-09, siendo las 03:00 P.m. previa las .....