Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada, en contra de la decisión contenida en el auto de fecha: 12 de agosto de 2011, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada que negó la admisión de la prueba de Inspección Judicial promovida por la parte demandada, en el juicio seguido por el ciudadano HENRRY CARRILLO SANABRIA, por Accidente de Trabajo contra la Sociedad de Comercio TRABAJOS INDUSTRIALES Y MECÁNICOS, C.A. TRIME C.A.
Publíquese, regístrese, déjese copia y remítase el presente asunto al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Ci.....