Por las razones antes expuestas este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR LA PÉRDIDA DEL INTERÉS en la tramitación del juicio de Cobro de Bolívares vía ejecutiva interpuesto por el Abogado José Heli García González, Inpreabogado N° 43.920, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN CABALLERO C.A., inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 17 de junio de 1.993, anotada bajo el N° 20, Tomo 130.A. seg, domiciliada en Maracay, estado Aragua, contra la Sociedad Mercantil ZEPZA DE VENEZUELA C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, expediente N° 459329, de fecha 22 de mayo de 1.998, anotada bajo el N° 05, Tomo 217-A.