DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano YUBER ARGIMIRO DALA, contra las empresas TRANSPORTE MILITAREK, C.A, PDVSA PETROLEO, S.A Y PDVSA SERVCIOS, S.A ambas partes identificados en autos; SEGUNDO: CON LUGAR la solidaridad alegada en relación a la empresa PDVSA SERVICIOS S. A. TERCERO: se ordena el pago de la cantidad de CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLIVARES CON TREINTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 57.887,37) correspondientes a todos y cada uno de los conceptos señalados y discriminados en la parte motiva de la presente decisión; con relación a los intereses de mora, se procederá de conformidad con lo previsto en el artículo 185 de la Ley Orgánica del Trabajo, todo ello como quedó establecido en la motiva de esta sentencia. CUARTO: Se ordena experticia complementaria del fallo a los fines de determinar la indexación en la diferencia de las prestaciones Sociales y demás conceptos. QUINTO: Se ordena la notificación de la Procuraduría .....