DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Siete de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: ADMITE conforme a lo previsto en el artículo 439 numeral 4 en relación con el encabezamiento del artículo 442 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto el 22 de agosto de 2014, por el abogado EDWARD BRICEÑO, Defensor Público Septuagésimo Cuarto (74º) del Área Metropolitana de Caracas, actuando en su carácter de defensor del ciudadano JOSE LUIS MEDINA, titular de la cédula de identidad Nº V-16.326.220, contra la decisión dictada el 16 de agosto de 2014, por el Juzgado Cuadragésimo Segundo (42º) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la privación judicial preventiva de libertad del referido ciuda.....