Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora, en contra de la decisión contenida en el auto dictado en fecha 02 de Marzo de 2016, por el Juzgado Cuartode Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SINLUGAR la apelación ejercida por la parte demandada contra de la decisión contenida en el auto dictado en fecha 02 de Marzo de 2016, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. TERCERO:Se confirma la decisión apelada en los términos expuestos.CUARTO:No se condena en costas dada la naturaleza de la decisión.