el Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos, ALICIA CLARIVEL ARAUJO BOLIVAR, PAVEL RAUL RODRIGUEZ ESPOSITO, MARTA DE LAS MERCEDES RODRIGUEZ SPOSITO y CARLOS RAMON RODRIGUEZ SPOSITO, supra identificadas, actuando en su carácter de concubina e hijos, según consta en la respectiva, acta de defunción, acta de Unión Estable de Hecho, actas de nacimientos, así como copias fotostáticas de las cédulas de identidad anexadas al presente expediente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS. Y así se decide. Expídanse todas las copias certificadas necesarias de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a la parte solicitante.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la .....