DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Tercero Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO expresado por la ciudadana Abg. Nayilde Sosa inpreabogado Nro. 119.411, actuando con el carácter de Apoderada judicial de la Sociedad Mercantil HIPER MERCADO MODELO C.A, mediante diligencia de fecha 22 de noviembre de 2011, con ocasión al recurso de nulidad contra la providencia administrativa Nro. 00045-11 de fecha 07/02/2011, en el expediente Nro. 009-2009-01-02862 por la dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Atanasio Girardot, Mario Briceño Iragorry, Santiago Mariño, Francisco Linares Alcántara, Costa de Oro y Libertador del estado Aragua. SEGUNDO: Se ordena el cierre y remisión del presente asunto al Archivo Judicial de esta Circunscripción.....