Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO, formulada por los ciudadanos MASIEL ALEXANDRA PINO PINTO y EDGAR ALEJANDRO VELAZCO BUSTAMANTE, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-17.367.060 y V-19.552.429, respectivamente, de conformidad con el criterio jurisprudencial establecido por La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia N° 1710, dictada en fecha 18 de Diciembre de 2015, en el expediente 15-1085. En consecuencia se declara disuelto el Vínculo Matrimonial que los une, contraído en fecha 17 de Febrero del año 2.014, por ante el Registro Civil del Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua, signada con el Acta N° 006, Folio 006, .....