Corolario de lo anterior, y siendo que de la revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente, se verifica y constata que los sujetos procesales intervinientes en la presente causa tienen domicilio procesal en la ciudad de la Victoria Estado Aragua, forzoso es para este Tribunal remitir las actuaciones contenidas en el presente expediente, con oficio,al Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en La Victoria municipio José Félix Ribas del Estado Aragua; quien es el competente por el territorio; No ha lugar la notificación de las partes por encontrarse a derecho,y así se decide.