Por las razones y motivos aquí expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por reajuste de pensión de Jubilación y diferencias mensuales de esa pensión de jubilación incoara los ciudadanos ALICIA DEL CARMEN VALERO y JOSE JESUS BETANCOURT SUAREZ contra la Sociedad Mercantil BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, ambos plenamente identificados en autos. SEGUNDO: La demandada deberá cancelar DOS MILLONES SEISICIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UN BOLIVARES CON SETENTA Y UN CENTIMOS (Bs.2.655.931,71) a la ciudadana Alicia del Carmen Valero y la cantidad de TRES MILLONES CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL CIENTO VEINTIDOS BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs. 3.169.122,60) al ciudadano José Jesús Betancourt, por concepto de pago de diferencia de prestaciones sociales. TERCERO: .....