DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, con la Autoridad que le confiere los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente ACUERDA: PRIMERO: DECLINAR LA COMPETENCIA al Tribunal de Ejecución competente de San Cristóbal, estado Táchira, a los fines de que sea supervisado de las sanciones de que fue impuesto por este Tribunal de Ejecución, de LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de NUEVE (9) MESES Y VEINTIOCHO (28) DIAS y se cumpla con las funciones del Tribunal de Ejecución de conformidad con lo establecido en el artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo establecido en los artículos 614 y 630 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Ofíciese al Programa de Libertad Asistida. Remítase la causa.....