este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda HOMOLOGAR el DESISTIMIENTO del PROCEDIMIENTO formulado por la Abogada MARIBEL APONTE, Inpreabogado No. 67.763, en su carácter de Apoderada Judicial del Ciudadano MAYLETHS SUAREZ PATIÑO, titular de la Cédula de Identidad No. 10.806.686; por encontrase ajustado a Derecho