TERCERO: SE REPONE LA CAUSA, al estado de que el Juzgado Octavo........provea lo conducente, a los fines de notificar a los herederos del de cuyus PEDRO VIANA HERNANDEZ; y posteriormente, fije la oportunidad para el acto de contestación de la demanda, este Tribunal OCTAVO de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en La Victoria, lo recibe y en razón de lo antes expuesto: acuerda Primero: Suspender el curso de la causa mientras se notifica a los herederos del decuyus PEDRO VIANA HERNANDEZ de conformidad con el articulo 144 de código de procedimiento Civil, norma aplicable por imperio del articulo 11 de la Ley procesal del Trabajo. Segundo: Vista el acta de defunción del decuyus PEDRO VIANA HERNANDEZ expedida por la primera autoridad civil del Municipio José Félix Rivas del Estado Aragua Abg. Rosa del Valle León, la cual corre inserta al folio noventa y cinc.....