De esta forma, por todos los planteamientos efectuados y estando dentro del lapso legal respectivo tal y como lo determina la Ley Adjetiva Civil, esta Directora del Proceso Civil, Declara: ACLARADO LOS PUNTOS Y RECTIFICADO LOS ERRORES DE FORMA, de la sentencia dictada en fecha 30 de Octubre de 2017, cursante a los folios del 128 al 136. Del mismo modo, Ordena Notificar al ciudadano: RAMÓN CELESTINO SÁNCHEZ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.160.588, y/o a su apoderada judicial, abogada: IRIS DE ROSARIO MORET VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, e inscrita con el Inpreabogado bajo el N° 196.225, parte demandante en el presente juicio, con domicilio en la vereda 03, casa distinguida con el Nro. 24, sector 02, urbanización Rafael Urdaneta (La Segundera), Cagua Municipio Sucre del estado Aragua; Notificación que se le hace de conformidad con lo determinado en los Artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente. Líbrese la r.....