Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio de conformidad con lo previsto en el artículo 185 del Código Civil, y en lo sentando en la sentencia de carácter vinculante dictada por el Máximo Tribunal de la República de fecha 2 de junio de 2015, número 693, expediente número 12-1163, presentada por los ciudadanos EDGAR GUILLERMO RIVERA BELTRAN y INDIRA VANEZA ESCOBAR titulares de las cedulas de identidad E- 81.875.023 y V-17.970.318 respectivamente, asistidos por el abogado CARLOS EDUARDO BOLIVAR RODRIGUEZ, IPSA 151.485. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo Conyugal que contrajeron por ante REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA según Acta 527 del año 2019, de los .....