III
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de desalojo intentada por el Ciudadano : RAFAEL RAMON NUÑEZ ALFONZO, titular de la cedula de identidad No:3.272.000, contra PARIDE TARICANI, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°: E-8.963.699.
. SEGUNDO: Se decreta el desalojo del inmueble ubicado en la Urbanización el Carmen, calle Primera No.:41 Cagua Municipio Sucre del Estado Aragua y en consecuencia la entrega al Ciudadano: RAFAEL RAMON NUÑEZ ALFONZO, titular de la cedula de identidad No:3.272.000, totalmente libre de personas y cosas. TERCERO: Se ordena la cancelación de todos los cánones de arrendamiento vencidos desde el mes de junio del año 2.000, a razón de cien mil bolívares mensuales. TERCERO: por .....