Con fuerza en los fundamentos procedentemente expuestos este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Civil, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara INADMISIBLE la presente de Oferta Real de pensiones de arrendamiento presentada por INVERSIONES RODRIGUES SAMANNA, C.A. asistida por el Abogado HECTOR OLIVO contra HOGAR CANARIO VENEZOLANO. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de este fallo.