declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación ejercida por el abogado en ejercicio JUAN DIEGO OSTO MÉNDEZ, inpreabogado Nro. 224.095, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, entidad de trabajo PROCESADORA INDUSTRIAL PREMIUM CA, en contra de la decisión de fecha 20 de enero del año 2016, dictada por el Juzgado Décimo Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial con sede en Maracay estado Aragua. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada que declaro con lugar la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos, presentada por la ciudadana Elia Arminia Gómez, titular de la cedula de identidad N° V.- 9.644.439 contra la entidad de trabajo Procesadora Industrial Premium C A. TERCERO: Se condena en costas del recurso a la parte demandada.