Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el Ciudadano Abogado MARCOS JOSÉ MORALES MEDINA, en su condición de Defensor Público Noveno Penal, adscrito a la Unidad de Defensa Pública Penal del estado Monagas y Defensor designado del Acusado de autos, en contra de la Sentencia Publicada el 11 de Febrero de 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, constituido de Manera Mixto, en el asunto principal NP01-P-2006-000231, mediante el cual ese Tribunal por unanimidad: DECLARÓ CULPABLE al Ciudadano FREDDY ANTONIO CAMPOS PADRÓN, por la comisión del delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el Artículo 374 del Código Penal Venezolano Vigente, en relación con el Artículo 77 ordinales 8° y 11° Ejusdem, a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS .....