hoy la oportunidad procesal para emitir un pronunciamiento al respecto este tribunal lo hace en los siguientes términos. Primero: Declara improcedente la insuficiencia de poder de la demandada SOCIEDAD DE COMERCIO AGROPECUARIA ROSA LINDA C.A a los abogados BELKIS BARBELLA y TARCISIO MILANO Inpreabogado 24.932 y39.024 alegada por la representación del actor. Abogado MILAGROS ZAMMOUR Inpreabogado 67.418. En consecuencia téngase como apoderado judicial de la demandada a los abogado BELKIS BARBELLA y TARCISIO MILANO Inpreabogado 24.932 y 39.024. Segundo:Declara Improcedente la declaración de admisión de hecho prevista en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, solicitada por la representación del actor, por cuanto quedo convalida la presencia de la representación judicial. Finalmente se acuerda continuar con la mediación y se procederá a fijar por auto expreso la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar una vez vencido los cinco.....