En consecuencia, dado el incumpliendo del requisito de ley supra mencionado, resulta forzoso para quien decide declarar INADMISIBLE la presente demanda de DIVORCIO ORDINARIO, interpuesta por la ciudadana JOSHIL VALENTINA MORALES ARENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.082.661, y de este domicilio, contra el ciudadano FERNANDO LIAM TELLAHECHE, mexicano, mayor de edad, titular del pasaporte N° 23, domiciliado en la ciudad de Hermosillo estado de Sonora, en la República de México. Todo en conformidad con el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil.
Se ordena la desincorporación del presente expediente y su respectiva remisión al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente.
Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en Maracay, a los veinticin.....