DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas y con fundamento a lo establecido en los Artículos 131 y 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos, tiene incoada la Ciudadana MARJOLIE JOSEFINA SANDOVAL, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.953.699 y CONDENA a la sociedad mercantil INVERSIONES CENTRO EXPRESS, C.A, representada por el ciudadano MAURICIO RIVERO, en su carácter de Gerente General; a cancelar la suma de QUINCE MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES CON SEIS CENTIMOS (Bs. 15.822,06); por todos y cada uno de los conceptos laborales supra discriminados.-
Se acuerda asimismo en este acto la cancelación al actor de los Intereses sobre.....