Se declara SIN LUGAR, tanto las cuestiones previas propuestas contenidas en los ordinales 9° y 11° del artículo 346 del Código de procedimiento Civil, como la apelación ejercida por el Abogado RUBEN DARIO VALLENILLA JARAMILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 99.927, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano WUCHENG FENG, quien es la parte demandada en la presente causa que versa sobre una ACCIÓN REIVINDICATORIA, intentada en su contra por el ciudadano: HUANG XIALONG. Siendo el presente recurso ejercido en contra de la en decisión emitida por el Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en Fecha 27 de Noviembre de 2012. En los términos expresados se RATIFICA, en todas sus partes la Sentencia apelada.