Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en Función de Control N° 04, procediendo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal penal, ORDENA ABRIR EL JUICIO ORAL Y PUBLICO al ciudadano SOTO HÉCTOR YAFRAN, Titular de la Cédula de Identidad N° 18. 638. 519, Venezolano, Natural de La Victoria, de Profesión u Oficio Vigilante, Residenciado en La Calle Campo Elías, Casa N° 95, Barrio Santa Rosa, Estado Aragua, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 406 ordinal 1 del Código Penal Venezolano Vigente, por lo que las partes quedan emplazadas para que en el plazo común de cinco (5) días, concurran ante el Juez de Juicio correspondiente, por lo tanto la Secretaria del Tribunal remitirá al Tribunal competente la documentación de las actuaciones. Cúmplase. Ofíciese lo conducente