En atención a las consideraciones precedentes, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue GIUSEPPE CHIAZZESE MONGIOVI, contra el ciudadano PEDRO MANUEL VALLES.
PRIMERO: Entregar a la parte actora el inmueble que se identifica a continuación: local comercial ubicado en la Avenida Las Delicias, Parroquia Joaquín Crespo del Municipio Girardot del Estado Aragua, Centro Comercial Las Américas, Nivel denominado piso uno (P.1) identificado con el número y la letra P.1-72, de esta ciudad de Maracay, Estado Aragua, totalmente desocupado de bienes y personas.
SEGUNDO: En pagar la cantidad de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 4.800.000,00), por concepto de los cánones de arrendamiento dejados de pagar desde el mes de Marzo de 2005 hasta la fecha de introducción de la demanda.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.-
Dada, firmada y sellada en la.....