D I S P O S I T I V A
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, REVOCA la formula alternativa de cumplimiento de la pena "EL TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO", otorgada en fecha 28-02-2.007, al penado JORGE LUIS REYES LINARES, venezolano, indocumentado, natural de esta ciudad de Maturín, de 22 años de edad, por haber nacido en fecha 11-01-1985, de profesión u oficio Carpintero, hijo de los ciudadanos: Jesús Antonio Reyes y Eva María Linares, residenciado en la Transversal 07, Casa N° 22, del sector Brisas del Aeropuerto de esta misma ciudad de Maturín del estado Monagas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal vigente.
Regístrese, publíquese y notifíquese. Déjese copia certificada. Remítase copia certificada al Jefe .....