acuerda: PRIMERO: Se suspende el proceso seguido al acusado ALEXANDER JOSÉ PADRINO, por el plazo de Un (1) año contados a partir del día de hoy 25 de Abril del año que discurre, finalizando el mismo en fecha 25/04/2009, quedando dicho acusado sometido a un Régimen de Prueba durante el referido plazo, bajo el estricto cumplimiento de las obligaciones siguiente: 1.- Abstenerse de proferir cualquier tipo de violencia en contra de la victima, bien sea física o psicológica. 2.- Abstenerse de consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas, así como de ingerir bebidas alcohólicas. 3.- Comprometerse a publicar en cualquier medio de comunicación impreso de circulación nacional, un artículo alusivo a la violencia doméstica, debiendo consignar ante este despacho un ejemplar de dicho periódico. 4.- Permanecer en un trabajo o empleo estable, debiendo consignar constancia de ese oficio. 5.- Abstenerse de poseer o portar armas, sean estas de Guerra, de fuego o blancas. 6.- Presentarse cada sesen.....