D E C I S I O N
En razón de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Desalojo de Local Comercial, incoada por el ciudadano MANUEL ALBERTO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad numero V-8.810.280, debidamente representado por su apoderado judicial abogado HECTOR ENRIQUE MANZANILLA BALZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.740.608, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 54.486, contra la sociedad mercantil "ESTACIONAMIENTO LÓPEZ FIGUERA, C.A", debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Mi.....