este Tribunal resuelve declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle al solicitante su derecho de propiedad sobre las mencionadas bienhechurías, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos a terceros.
LA JUEZA,
JUBELY JOSEFINA FRANCO SOTO
LA SECRETARIA ACC,
MARIANNY VALBUENA REYES
En la misma fecha se devuelve constante de (__) folios útiles.-
LA SECRETARIA ACC,
Sol. Nº T2M-C-1214-2025
JJFS/mvr/kb.-