Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Primera instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Estado Aragua Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA, a la ciudadana BLANCA YOLIMAR HIDALGO FISCAL cumplir con los requisitos antes señalados dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su notificación de conformidad con lo establecido en el articulo 233 del Código de Procedimiento Civil.
Se le advierte que de no cumplir lo anteriormente indicado, la presente acción de amparo será declarada inadmisible de conformidad con el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia del presente fallo.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en Maracay, a los Veinticuatro.....