Este Tribunal Superior Segundo del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano JOSÉ LUÍS CORTES OSPINO, identificado supra, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en Maracay, de fecha 20 de Octubre de 2014, que declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad a que se refieren las presentes actuaciones. SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia apelada y en consecuencia, se REPONE LA CAUSA al estado de que el Tribunal que resulte competente fije oportunidad para la celebración nuevamente de la audiencia de juicio, previo el cumplimiento de las notificaciones de ley. TERCERO: No se condena en costas dada la naturaleza de la presente decisión.-