III. DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y derecho antes transcritos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el presente recurso de hecho interpuesto por la sociedad de comercio "DISTRIBUIDORA B & J C.A.", inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del estado Aragua, en fecha 28 de junio de 2001, bajo el No. 24, Tomo 97-A, representada legalmente por el ciudadano JUAN CARLOS MATA GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-8.817.233, debidamente asistido por la abogada MARÍA RÍOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 19.821, contra el auto de fecha 8 de febrero de 2021 que negó oír la apelación interpuesta por la aquí recurrente contra la sentencia interlocutoria de fecha 29 de enero de 2021, dictada por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario .....