En este estado el Tribunal Ejecutor, oída la anterior exposición, acuerda de conformidad y constituye deposito necesario sobre los bienes arriba descritos y en tal carácter los pone en posesión de la Depositaria Judicial La Nacional C.A., en la persona de su Representante Ciudadano: Henrí García, quien los recibe en este acto en el estado arriba descrito; se abstiene de practicar el Embargo Ejecutivo decretado por el Tribunal de la Causa, y conforme a lo decretado por este último, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Hace Entrega Material del Inmueble que se describe a continuación, totalmente libre de bienes y personas: inmueble constituido por un Apartamento distinguido con el Número y Letra 1-C, ubicado en el Primer Piso del Edificio Andrés Bello, Calle Andrés Bello de La Victoria-Estado Aragua, y comprendido dentro de los siguientes linderos NORTE: Con fachada Norte del Edificio; SUR: Con el apartamento 1-D y maletero 1-C; ESTE: Con fa.....