Ahora bien después de un largo debate conjuntamente con la juez, la representación de la demandada, una vez revisada la pretensión con la norma y hechos los arreglos en cuanto a las prestaciones pendientes hace un ofrecimiento al actor consistente en la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (BS. F. 100.000,00), pagados en este acto por ante este tribunal, propuesta esta aceptada por el actor, por lo que ambas partes consignan un ejemplar de la transacción celebrada, donde consta todos y cada uno de los montos y conceptos transados. Con la finalidad de poner fin a la demanda que por ENFERMEDAD OCUPACIONAL incoara el ciudadano WINDER YOHAN PALMA, ya identificado contra la "SOCIEDAD DE COMERCIO ALPINA PRODUCTOS ALIMENTICION. C.A." Ahora bien la ciudadana jueza una vez vista y revisada la transacción presentada y oída la manifestación de aceptación por parte del actor, acuerda dar por reproducida para que sea agregada a los autos un ejemplar de dicha transacción, para que l.....