Este TRIBUNAL ÚNICO DE JUICIO EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: CONDENA a los fines de la imposición inmediata de la pena conforme al artículo 375 y 367 del Código Orgánico Procesal Penal al CIUDADANO: GENI FELIX CARRILLO CHAVEZ, De Nacionalidad Venezolano, Natural De Maracay, De 34 Años De Edad, Estado Civil Soltero, Titular De La Cedula De Identidad Nº V-14.182.276, Domiciliado En La Carrizalera, Palo Negro, Calle 5,Casa Nº 61, Palo Negro, Estado Aragua a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de ACTOS LASCIVOS y VIOLENCIA PSICOLOGICA previstos y sancionados en los artículos 45 y 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia., en perjuicio de la victima Identificación omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niñ.....