En cuanto a la prueba de informes, promovidas por la representación judicial de la parte actora, en su Numeral Nº 2, y los apartes identificados con las letras "A", "B" y "C", del escrito bajo análisis, este Tribunal LA ADMITE por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva, y por cuanto este Juzgado observa que en el primer escrito consignado por la representación judicial de la parte demandada, en fecha 31 de Mayo de 2013, por la abogada BETTY PEREZ AGUIRRE, promovió pruebas de informes destinados a la misma institución bancaria, y aquí se promueven nuevamente por el abogado AHMED RIVER en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandada, se ordena agregar copia del presente escrito al oficio dirigido al BANCO BANPLUS BANCO COMERCIAL, C.A., a fines de que informen sobre los particulares contenidos en este escrito de fecha 07 de Junio de 2013.