Por todos los fundamentos de hecho, de derecho, antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS Y JOSE RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, de conformidad a lo previsto en el 242 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: SIN LUGAR la demanda de Desalojo de inmueble destinado para Vivienda Familiar incoado por la ciudadana NORA JOSEFINA SEQUERA DE ORDOÑEZ, contra de la ciudadana NELLY LUCIA RIVAS HERRERA.