Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la pretensión que por SIMULACIÓN incoara la sociedad mercantil DAYCO HOLDING CORP contra la sociedad mercantil C. A. DAYCO DE CONSTRUCCIONES y el ciudadano LUIS ALBERTO D´AGOSTINO ATENCIO, ampliamente identificados al inicio de esta decisión y como consecuencia de ello,
PRIMERO: SE DECLARA SIMULADA la venta de acciones documentada en la asamblea de accionista de la sociedad mercantil C. A. DAYCO DE CONSTRUCCIONES, ya identificada, de fecha 30 de noviembre de 2004, protocolizada en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 18 de abril de 2005, anotada bajo el Nº 51, Tomo 65-A-Sdo.
SEGUN.....