SEGUNDO
Por tales razones este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la conversión en divorcio solicitada entre los ciudadanos: ALEXANDER RAÚL DE ARMAS Y YEILHY MAR LUENGO GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 14.086.971 y 13.412.563 respectivamente, domiciliados en La Victoria, Estado Aragua y en consecuencia queda disuelto el vinculo conyugal que contrajeron por ante El Registro Civil del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, con sede en La Victoria, en fecha 26 de Diciembre de 2001 como consta de Acta de Matrimonio N° 370-----------------------------------------
Por lo que respecta a la descendencia de los cónyuges, el Tribunal no se pronuncia por cuanto manifiestan que de dicha unión no se procrearon hijos.-Declaran que no existen bienes conyugales que liquidar.-----------------------------------.....