Este Tribunal Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR La demanda incoada por el ciudadano José Enrique López Marín, antes identificado, contra el ciudadano Carlos Ramón Mendoza Alarcón; antes identificado, y CONDENA. Al ciudadano CARLOS RAMÓN MENDOZA ALARCÓN a pagar las cantidades de dinero siguientes: 1.- Un millón cuatrocientos mil bolívares (Bs. 1.400.000,00) por concepto del capital de la letra de cambio. 2.- La cantidad de veintitrés mil trescientos treinta y tres bolívares por concepto de intereses de mora de la obligación contenida en la letra de cambio (Bs. 23.333,33) desde la fecha de vencimiento de la letra de cambio objeto de la demanda, hasta la admisión de la misma, calculados por el tribunal al cinco por ciento (5%) anual, de conformidad con lo previsto en el ordinal 2 del artículo 456 del.....